75% de l'ICIO
L'impost de l'obra, en instal·lar.
Requisits: Bonificación por instalaciones de energía solar del art. 2.3 de la ordenanza del ICIO (BOP núm. 21, 01-02-2022), en aplicación del art. 103.2.b TRLRHL: 75% de la cuota íntegra para instalaciones, construcciones u obras que incorporen sistemas de aprovechamiento de la energía solar o eólica, homologadas por técnico oficial competente, respetando la normativa urbanística vigente y solo para uso individual o familiar. La misma ordenanza recoge aparte una bonificación del 95% para las actuaciones en edificios catalogados o incluidos en la zona delimitada como Nucli Històric Tradicional, incluidas las actuaciones puntuales de mantenimiento y mejora de fachada y cubierta, previo informe de los Servicios Técnicos municipales.
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Verificat el 22 d’agost del 2026