10% del IBI
El recibo anual de la casa.
Requisitos: 10% de la cuota íntegra para inmuebles con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar (art. 5.5 ordenanza IBI). La ordenanza NO especifica límite de años de duración. Las instalaciones deben cumplir las condiciones del art.
Fuente: https://www.vallada.es/sites/www.vallada.es/files/ordenanzas/2020/ORDENANZA%20IBI%202020.pdf
Verificado el 16 de agosto de 2026