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Instalación de placas solares en Canals

Instalamos placas solares en Canals con estudio previo de verdad: la radiación de tu tejado y tu consumo hora a hora. Hacemos la instalación y los papeles con el ayuntamiento e Industria. Somos ingenieros de Xàtiva y, después de instalar, nos quedamos: vigilamos tu producción cada día.

En Canals, en corto

  • IBI: bonificación del 25% durante 2 años en el recibo de la casa (ordenanza verificada el 16 de agosto de 2026).
  • ICIO: bonificación del 80% en el impuesto de la obra (ordenanza verificada el 22 de agosto de 2026).
  • Ayuntamiento: declaración responsable de obras, sin esperar a una licencia.

Bonificaciones en Canals

El ayuntamiento de Canals descuenta parte de sus impuestos si pones placas. Pedir la bonificación va incluido en nuestra tramitación y legalización.

25% del IBI durante 2 años

El recibo anual de la casa.

Requisitos: Inmuebles destinados a vivienda con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, durante los 2 períodos impositivos siguientes a la instalación (art. 3.2.5 ordenanza IBI). Condicionada a la aceptación por el Ayuntamiento de la comunicación de obra menor.

Fuente: https://transparencia.canals.es/documents/20181/31320/04+Impost+sobre+bens+inmobles/3a7cbcdd-4294-49ee-9297-bf868011e344?version=1.0

Verificado el 16 de agosto de 2026

80% del ICIO

El impuesto de la obra, al instalar.

Requisitos: Art. 7, apartado 3.2 de la ordenanza del ICIO: 80% del importe de la cuota que corresponda al sistema de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. Requisitos: colectores homologados si la instalación produce calor, que afecte a la totalidad del edificio o inmueble, y que se trate de adecuaciones no obligadas en su día a disponer de estos sistemas. Se aplica solo sobre el importe correspondiente al sistema solar en edificios de viviendas. Carácter rogado: debe instarse en el momento de solicitar la licencia, y el plazo máximo para reconocerla es de seis meses. Tipo de gravamen ICIO: 4%.

Fuente: https://transparencia.canals.es/documents/20181/31320/02+Impost+sobre+construccions%2C+instal%C2%B7lacions+i+obres.pdf/15d7a8e3-6607-4d6e-85b8-117df4f2c367?version=1.0

Verificado el 22 de agosto de 2026

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El trámite en Canals

En Canals va por declaración responsable: se presenta la documentación en el ayuntamiento y no hay que esperar a que resuelva una licencia. La presentamos nosotros con el resto de los papeles hasta dejar la instalación legalizada.

El catálogo de la sede electrónica de Canals (canals.sede.dival.es) no publica trámite de obras ni de placas: el expediente entra por la instancia general. La ordenanza del IBI condiciona su bonificación a que el ayuntamiento acepte la comunicación de obra menor, y la del ICIO exige que la bonificación se inste en el momento de solicitar la licencia, con un plazo máximo de seis meses para reconocerla. La gestión tributaria del ICIO la lleva el propio ayuntamiento a través de sus servicios administrativos, no la Diputació. Por encima rige el marco valenciano de declaración responsable para el autoconsumo sobre cubierta.

Lo que cobramos nosotros por presentar ese trámite está publicado: el precio del trámite del ayuntamiento de Canals y de las dos solicitudes de bonificación.

Preguntas frecuentes en Canals

¿Qué bonificación del IBI tiene Canals por placas solares?

El artículo 3.2.5 de la ordenanza del IBI bonifica el 25% de la cuota durante los dos períodos impositivos siguientes a la instalación, para inmuebles destinados a vivienda con aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar. Está condicionada a que el ayuntamiento acepte antes la comunicación de obra menor.

¿Cuánto descuenta Canals del ICIO?

El 80%, y solo de la parte que corresponde al sistema solar, según el apartado 3.2 del artículo 7 de la ordenanza. La instalación tiene que afectar a la totalidad del edificio, tratarse de una vivienda y no venir obligada por normativa. Si produce calor, los colectores deben estar homologados.

¿Cuándo hay que pedir la bonificación del ICIO en Canals?

En el momento de solicitar la licencia: la ordenanza la define como rogada y no deja pedirla después. El ayuntamiento tiene un máximo de seis meses para reconocerla y, si ese plazo vence sin resolución, el interesado puede entenderla desestimada. Por eso viaja dentro del expediente de obra.

¿Quién gestiona el impuesto de la obra en Canals?

El propio ayuntamiento. La ordenanza del ICIO dice que la gestión tributaria del impuesto la realiza el Ajuntament a través de sus servicios administrativos competentes, sin delegarla en la Diputació. El tipo de gravamen del ICIO en Canals es del 4% sobre el coste real y efectivo de la obra.

Qué hacemos en Canals

El estudio sobre tu tejado y tu consumo hora a hora, la instalación y los papeles con el ayuntamiento, la distribuidora e Industria. Cómo dimensionamos y qué garantías van por escrito está en placas solares con estudio de verdad; qué presentamos ante cada organismo, en tramitación y legalización.

Empieza por el estudio

Cuéntanos dónde está tu casa en Canals y qué pagas de luz. Te decimos qué necesitamos para estudiar tu tejado y tu consumo. Sin compromiso y sin comercial llamando a tu puerta.

Una empresa de Captia Technology. Ingenieros titulados y colegiados.

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