Lo que bonifica cada ayuntamiento de la zona por poner placas

Dos vecinos de pueblos que se tocan pueden pagar impuestos muy distintos por la misma instalación. La diferencia está en la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento, y aquí las tienes juntas.

Captia Energy Team · Ingenieros titulados y colegiados · Publicado el 17 de agosto de 2026

Los dos impuestos que tocan tu instalación

Cuando pones placas en tu casa aparecen dos impuestos municipales. El ICIO, el impuesto de construcciones, se paga una vez, sobre el presupuesto de la obra. El IBI, la contribución de toda la vida, se paga cada año, y algunos ayuntamientos lo rebajan durante varios ejercicios si tu vivienda produce su propia energía.

Cada ayuntamiento decide por su cuenta si bonifica, cuánto y con qué condiciones, y lo aprueba en su ordenanza fiscal. Por eso el mapa de la zona es tan desigual.

La comparativa, pueblo a pueblo

Esta tabla sale de las ordenanzas fiscales publicadas por cada ayuntamiento o en el Boletín Oficial de la Provincia. En la página de cada municipio tienes los requisitos completos y el enlace a la fuente.

MunicipioICIOIBI
Xàtiva50%50% × 4 años
Canals80%25% × 2 años
L'Alcúdia de Crespins90%40% × 4 años
Moixent95%30% × 6 años
Vallada30%10%
La Llosa de Ranes80%25% × 4 años
La Font de la Figuera95%25% × 5 años
Barxeta90%·
Rotglà i Corberà95%40% × 4 años
Llanera de Ranes30%15% × 3 años
Novetlè·35% × 1 años
La Granja de la Costera·15% × 5 años
Ontinyent95%50% × 4 años
L'Olleria95%·

Los detalles que cambian el resultado

El porcentaje es solo el titular. Lo que decide cuánto te ahorras de verdad está en la letra de cada ordenanza, y estos son los patrones que más se repiten en la zona:

  • Casi todas las bonificaciones son rogadas: hay que pedirlas, no llegan solas. Algunas exigen solicitarlas antes de empezar la obra.
  • La del ICIO suele aplicarse solo a la parte del presupuesto que corresponde a la instalación solar, no a toda la obra.
  • La del IBI suele durar un número de años concreto y arranca en el ejercicio siguiente a la solicitud.
  • Varias ordenanzas piden potencia mínima, equipos homologados o que la instalación no sea obligatoria por normativa.

Y si tu pueblo no bonifica

Hay municipios de la zona sin bonificación aprobada. No cambia lo esencial: el ahorro principal de una instalación bien dimensionada viene de la energía que dejas de comprar, de los excedentes que te compensan en factura y de la deducción estatal en la renta cuando corresponde. La bonificación municipal, donde existe, es la guinda.

Cuando preparamos un estudio, revisamos la ordenanza vigente del municipio y, si hay bonificación, la solicitamos con el resto del expediente. Es parte del trabajo de dejarlo todo legal.

Cuando la casa no está a tu nombre: herencias, usufructo y catastro

La bonificación del IBI la disfruta el sujeto pasivo del impuesto, que es quien figura como titular en el catastro. Y en la comarca eso da situaciones muy repetidas: casas heredadas donde el catastro sigue a nombre del padre que ya no está, viviendas con usufructo de la madre y nuda propiedad repartida entre hermanos, o parejas donde el recibo llega a nombre de uno solo. Si la solicitud la firma alguien que no coincide con el titular catastral, el ayuntamiento puede denegarla por un defecto de forma que no tiene nada que ver con las placas.

Por eso, antes de presentar nada, conviene mirar el recibo del IBI y regularizar el catastro si hace falta. Y hay otro caso típico de aquí: la casa de campo con referencia catastral rústica o en diseminado. Algunas ordenanzas bonifican solo inmuebles de uso residencial, y una construcción que en catastro consta como rústica puede quedarse fuera aunque vivas en ella todo el año. No es habitual, pero pasa, y se descubre siempre después de instalar, que es el peor momento.

En el estudio previo miramos la titularidad catastral y el tipo de inmueble antes de hacer cuentas con bonificaciones. Prometer un descuento del IBI que luego el ayuntamiento no puede aplicar es la manera más rápida de perder la confianza de un vecino, y de eso vivimos.

  • Herencia sin cambio de titular en el catastro: regularizar antes de solicitar
  • Usufructo y nuda propiedad: aclarar quién es el sujeto pasivo del IBI
  • Vivienda rústica o en diseminado: comprobar que la ordenanza la incluye
  • Recibo a nombre de un excónyuge o de una sociedad: revisarlo antes de firmar nada

Cómo encaja la bonificación municipal con las deducciones de la renta

Son ayudas independientes y compatibles. La bonificación de IBI o ICIO la da tu ayuntamiento sobre impuestos locales. Aparte, la deducción estatal permite deducir el 40% de la inversión sobre una base de hasta 7.500 euros (RDL 2/2026, para instalaciones hasta el 31-12-2026, con certificado energético antes y después de la obra). La autonómica valenciana llega al 40% sobre una base de hasta 8.800 euros, exige la inscripción en el registro de autoconsumo y lo que no quepa en un año se puede trasladar hasta 4 ejercicios. Y para el cargador del coche hay una deducción del 15% sobre una base de hasta 4.000 euros.

El error real que vemos en las visitas va en dos direcciones. Unos creen que son excluyentes y renuncian a la mitad. Otros las suman dos veces sobre el mismo dinero al calcular el retorno, y salen números de folleto. Y el detalle que más disgustos da es el doble certificado energético de la deducción estatal: hace falta uno antes de la obra y otro después para acreditar la mejora. Quien instala sin el certificado previo ya no puede fabricarlo a posteriori. También conviene pagar las facturas por banco, porque los pagos en efectivo suelen quedar fuera de estas deducciones.

Y un aviso sobre el cargador: el MOVES III acabó el 31-12-2025. Si alguien te lo vende todavía como ayuda vigente, desconfía del resto del presupuesto. Lo que queda para el cargador es la deducción del 15%, que no está mal, pero es otra cosa.

Preguntas frecuentes

La casa es de mis padres pero la instalación la pago yo, ¿quién se queda la bonificación?

La bonificación del IBI beneficia al titular catastral, en este caso tus padres, porque son quienes pagan ese impuesto. Las deducciones de la renta tienen sus propios requisitos de titularidad y de quién soporta el gasto, y ahí conviene decidir con tu asesor quién figura en las facturas antes de pagar nada. Es una conversación corta que evita perder ayudas por haber puesto el nombre equivocado en un papel.

¿La bonificación del IBI me la aplican automáticamente?

No. Casi todas las ordenanzas exigen solicitarla por escrito, normalmente con el certificado de la instalación y el justificante de legalización. Cada ayuntamiento fija su plazo y su procedimiento, y en algunos hay que pedirla antes de que se devengue el impuesto del año siguiente. Si nadie la pide, el ayuntamiento no la aplica de oficio. Es un papel más dentro del expediente, y por eso nosotros lo incluimos en la parte de dejar la instalación legal.

¿Puedo sumar la bonificación del pueblo, la deducción estatal y la autonómica?

Sí, son compatibles porque tocan impuestos distintos: la municipal va sobre IBI o ICIO, la estatal y la autonómica sobre tu IRPF. La estatal llega al 40% con base de hasta 7.500 euros y la valenciana al 40% con base de hasta 8.800, cada una con sus requisitos. Lo que no puedes hacer es contar el mismo euro dos veces al calcular cuándo recuperas la inversión. Con tu asesor fiscal se ordena en un rato.

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