95% off the ICIO
The tax on the works, paid when you install.
Requirements: Art. 5, apartado 2 de la ordenanza fiscal 2.5 del ICIO: 95% para las construcciones, instalaciones u obras en edificios de uso dominante residencial, vivienda unifamiliar y vivienda colectiva, en las que se incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. Alcanza también a las instalaciones ejecutadas por microempresas según el Reglamento 651/2014 de la Comisión Europea y a las promovidas por comunidades energéticas o figuras similares de autoconsumo compartido. Condicionada a la homologación o inscripción en la administración competente. Se aplica exclusivamente sobre la parte del presupuesto de obra correspondiente al sistema solar, descontando las subvenciones concedidas por otras administraciones. El importe máximo de la bonificación no puede exceder de 1.000 euros. Tipo de gravamen ICIO: 2,90%.
Source: https://sede.algemesi.es/eAdmin/ValidarDocumento.do?id_Documento=3eGWRW%2BpDgk%3D&tipo=doc
Verified on 22 August 2026