Has cambiado algo en tu instalación y los papeles dicen otra cosa
Si has puesto una batería, has cambiado el inversor, has añadido paneles o quieres cambiar de modalidad, tu expediente ha dejado de describir la instalación real. Lo actualizamos y presentamos la modificación ante Industria. Cinco casos, cada uno con su precio publicado, desde 349 € con IVA. Comprobamos el tuyo antes de cobrar.
- Ingenieros titulados y colegiados
- Precio y alcance por escrito antes de cobrar
- Presentación y seguimiento, con justificante
Precio desde
349 €
IVA incluido
Sin tasas de terceros. Cada uno de los cinco cambios lleva su propio precio publicado más abajo.
Qué resolvemos
El expediente de tu instalación describe unos equipos y una potencia concretos. En cuanto cambian, deja de coincidir con lo que hay en el tejado, y esa diferencia aparece en el peor momento: una venta, una avería o un requerimiento. Empieza por la frase que se parezca a la tuya.
He puesto una batería y no sé si hay que legalizarla.
El expediente describe una instalación que ya no existe, y esa diferencia aparece en el peor momento: una revisión, una venta o un requerimiento.
desde 449 €IVA incluidoHe cambiado el inversor y no sé si hay que decírselo a alguien.
El expediente describe un equipo que ya no está instalado, y esa diferencia se detecta en cualquier revisión posterior.
desde 399 €IVA incluidoHe puesto más paneles y no sé si hay que decirlo en algún sitio.
La instalación registrada deja de coincidir con la instalación real, y esa diferencia aparece en cuanto alguien la mira: una venta, un requerimiento o una avería.
desde 449 €IVA incluidoMis placas están en vertido cero y quiero que la energía que sobra vaya a la red.
La energía que sobra se pierde en lugar de descontar en factura.
desde 349 €IVA incluidoQuiero que mis placas no viertan nada a la red.
Si la instalación deja de verter pero el expediente dice que vierte, la documentación y la realidad dejan de coincidir.
desde 349 €IVA incluido
SOL-17
Has puesto una batería
Si añades una batería, el expediente debe seguir contando la verdad de la instalación. Revisamos qué cambia y actualizamos la documentación y el trámite que corresponda.
Precio desde
desde 449 €
IVA incluido
De qué depende
- Si la batería se acopla en corriente alterna o en corriente continua, porque el expediente cambia.
- Si además se sustituye el inversor por uno híbrido.
- Si la modificación altera la potencia, la modalidad o el punto de conexión.
- Si el caso incluye respaldo ante cortes de red, que añade documentación.
- Si el expediente original está incompleto y hay que reconstruirlo antes de modificarlo.
Nuestro plazo: 5 días hábiles. Cuentan desde la aceptación del presupuesto con la documentación técnica de la batería completa. Lo que ese plazo no cubre: Una fecha de resolución de la Administración. El certificado de instalación de la batería: lo emite la empresa que ejecuta el montaje. Que el expediente original esté completo mientras no lo hayamos visto.
Qué incluye
- Revisión del impacto documental de la batería sobre tu expediente.
- Clasificación de la arquitectura de almacenamiento para saber qué modificación corresponde.
- Actualización de la memoria técnica y del esquema dentro del alcance estándar.
- Preparación y presentación de la modificación cuando proceda.
- Seguimiento hasta obtener justificante.
Qué no incluye
- La batería y su montaje.
- El cambio físico del inversor.
- Proyecto técnico si el caso lo requiere.
- Permisos de acceso y conexión adicionales si fueran exigibles.
- Inspección de un organismo de control autorizado.
- El certificado de instalación, que corresponde emitir a la empresa instaladora que ejecuta el montaje.
Cuándo se considera prestado: Se entrega el expediente actualizado y se presenta la modificación cuando el caso la exija.
Qué no lo da por prestado
- Que la Administración registre la modificación en una fecha concreta.
- Que la batería funcione como el cliente esperaba: eso es la instalación, no el expediente.
- Que el instalador emita su certificado.
SOL-18
Has cambiado el inversor
Cambiar el inversor no termina cuando vuelve a encender la planta. Actualizamos el expediente para que equipo instalado y documentación vuelvan a coincidir.
Precio desde
desde 399 €
IVA incluido
De qué depende
- Si el nuevo inversor es equivalente en potencia y características o cambia el dimensionado.
- Si además se añade batería, cambia la modalidad o cambia la potencia registrada.
- Si la documentación técnica del fabricante para el modelo instalado está disponible o hay que reunirla.
- Si el expediente original está incompleto y hay que reconstruirlo antes de modificarlo.
Nuestro plazo: 5 días hábiles. Cuentan desde la aceptación del presupuesto con la documentación técnica del nuevo inversor completa. Lo que ese plazo no cubre: Una fecha de resolución de la Administración. El certificado de instalación de la sustitución: lo emite la empresa que la ejecuta. Que un modelo sea admisible antes de haber visto su documentación técnica.
Qué incluye
- Prevalidación del modelo de inversor y comprobación de su documentación técnica antes de instalar, cuando se nos consulta a tiempo.
- Revisión de equivalencia y de potencia frente al equipo original.
- Actualización del esquema unifilar y de la documentación técnica.
- Gestión de la modificación estándar del expediente.
- Seguimiento hasta obtener justificante.
Qué no incluye
- El suministro del inversor.
- La mano de obra de la sustitución.
- Cambios adicionales de potencia o de modalidad, que se cotizan aparte.
- Proyecto técnico si el caso lo requiere.
- El certificado de instalación, que corresponde a la empresa que ejecuta la sustitución.
Cuándo se considera prestado: Se entrega la documentación técnica actualizada y se presenta la modificación del expediente.
Qué no lo da por prestado
- Que la Administración registre la modificación en una fecha concreta.
- Que el inversor funcione: eso es la instalación, no el expediente.
- Que la empresa que ejecuta la sustitución emita su certificado.
SOL-19
Has añadido más paneles
Si añades paneles, revisamos primero qué cambia en potencia, inversor y modalidad. Después actualizamos la documentación como una modificación, cuando sea el procedimiento correcto.
Precio desde
desde 449 €
IVA incluido
De qué depende
- Que la potencia final se mantenga en 10 kW o menos: por encima cambia el procedimiento y el servicio pasa a proyecto.
- Si el inversor admite los módulos nuevos o hay que cambiarlo, porque entonces entra también la modificación del equipo.
- Si la instalación de partida tiene el expediente completo o hay que reconstruir documentación antes de modificar nada.
- Si la ampliación obliga a revisar la exención de permisos de acceso y conexión.
Nuestro plazo: 5 días hábiles. Cuentan desde que tengamos el expediente completo y el certificado de la ampliación ejecutada. Lo que ese plazo no cubre: La fecha en que el organismo registre la modificación. Que la ampliación sea posible manteniendo la potencia final bajo el umbral de 10 kW. El plazo de tu instalador para ejecutar y certificar la obra.
Qué incluye
- Revisión de la potencia final resultante y comprobación de que sigue bajo el umbral de 10 kW.
- Comprobación de si la ampliación afecta a la exención de permisos de acceso y conexión.
- Actualización de la documentación técnica de la instalación.
- Tramitación de la modificación por el procedimiento que corresponda.
- Seguimiento del expediente hasta su cierre administrativo.
Qué no incluye
- Módulos, estructura, cableado y mano de obra de la ampliación.
- Proyecto técnico si la potencia final supera el umbral que lo exige.
- Permisos de acceso y conexión cuando sean exigibles por modalidad, potencia o ubicación.
- Cambio de inversor, que es una modificación distinta con su propio alcance.
- Obra eléctrica correctiva en el cuadro o en las protecciones.
Cuándo se considera prestado: Se presenta la modificacion ante el organismo y se te entrega el justificante.
Qué no lo da por prestado
- Que el organismo registre la modificacion en una fecha concreta.
- Que la resolucion sea favorable.
- Que tu instalador cumpla su calendario de obra.
SOL-15
Quieres empezar a verter a la red
Si tu instalación está en vertido cero y quieres empezar a aprovechar económicamente los excedentes, revisamos si el cambio es viable y actualizamos la modalidad.
Precio desde
desde 349 €
IVA incluido
De qué depende
- Si hay que emitir un certificado de instalación o una memoria técnica nueva, el trabajo sube al nivel técnico, desde 549 EUR.
- Si hay que actuar sobre el sistema antivertido existente.
- Si la potencia o la ubicación obligan a comprobar permisos de acceso y conexión.
- Si la instalación arrastra incoherencias documentales anteriores al cambio de modalidad.
Nuestro plazo: 5 días hábiles. Cuentan desde la aceptación del presupuesto, que solo se emite tras comprobar viabilidad y alcance. Lo que ese plazo no cubre: Una fecha de resolución de la Administración ni de actualización en la distribuidora. Que empieces a cobrar excedentes: cambiar de modalidad y acogerse a la compensación son dos cosas distintas. Que el cambio sea viable antes de haberlo comprobado en tu caso.
Qué incluye
- Revisión de la viabilidad administrativa del cambio de modalidad.
- Comprobación de si son exigibles permisos de acceso y conexión para tu potencia y ubicación.
- Preparación de la modificación estándar del expediente.
- Actualización documental dentro del alcance.
- Presentación y seguimiento.
Qué no incluye
- Hardware y reprogramación del sistema antivertido.
- Permisos de acceso y conexión cuando sean exigibles.
- Proyecto técnico si el caso lo requiere.
- Activación de la compensación de excedentes, que se contrata aparte o dentro del pack técnico.
- Certificado de instalación o memoria técnica nuevos, que suben el trabajo al nivel técnico.
Cuándo se considera prestado: Se presenta la modificación de modalidad y se entrega el justificante.
Qué no lo da por prestado
- Que la Administración registre el cambio en una fecha concreta.
- Que la distribuidora actualice sus sistemas.
- Que empieces a cobrar excedentes, que exige además acogerse a la compensación.
SOL-16
Quieres dejar de verter
Adaptamos la parte administrativa de tu instalación para trabajar sin vertido y, si hace falta hardware, te lo presupuestamos por separado antes de empezar.
Precio desde
desde 349 €
IVA incluido
De qué depende
- Este precio es solo ingeniería y tramitación. El equipo antivertido, su instalación, su medida y su configuración se presupuestan aparte y pueden ser la mitad del gasto total.
- Si el inversor ya limita el vertido de fábrica, no hay hardware que añadir y el trabajo se queda en el suelo del rango.
- Si hace falta reunir documentación de conformidad del sistema antivertido, el trabajo documental crece.
- Si el expediente arrastra incoherencias anteriores, hay que resolverlas antes de modificar.
Nuestro plazo: 5 días hábiles. Cuentan desde que la parte técnica esté resuelta y la documentación de conformidad esté disponible. Lo que ese plazo no cubre: Una fecha de resolución de la Administración. El precio del equipo antivertido antes de saber qué inversor tienes. Que el cambio compense económicamente: eso es una decisión tuya, no una promesa nuestra.
Qué incluye
- Revisión documental del expediente actual.
- Definición de los requisitos que tu caso exige para trabajar sin vertido.
- Modificación administrativa estándar del expediente.
- Verificación documental del sistema antivertido dentro del alcance.
- Presentación y seguimiento.
Qué no incluye
- Suministro e instalación del equipo antivertido.
- Cableado, medidor y configuración del equipo.
- Proyecto técnico si el caso lo requiere.
- Inspección de un organismo de control autorizado.
- Cualquier obra en la instalación.
Cuándo se considera prestado: Se presenta la modificación del expediente y se entrega el justificante.
Qué no lo da por prestado
- Que la Administración registre el cambio en una fecha concreta.
- El funcionamiento del equipo antivertido, que es un trabajo distinto con su propio presupuesto.
- Que la decisión de dejar de verter te resulte rentable.
Cómo funciona
Este es el recorrido de un cambio con batería, que es el que más pasos tiene. Los cinco casos siguen el mismo orden: nos cuentas el caso, lo comprobamos y te damos precio, tu instalador ejecuta y certifica lo que haya que ejecutar, presentamos la modificación y el organismo la tramita. Cuando el cambio es solo administrativo, como empezar a verter a la red, el paso del instalador no existe.
- Paso 1Te toca a ti
Nos dices qué batería tienes o vas a poner, y nos envías el expediente original.
Necesitamos: Expediente original, ficha técnica de la batería y datos del inversor. - Paso 2Lo hacemos nosotros
Clasificamos la arquitectura de la batería, revisamos el impacto documental y te damos precio cerrado sobre tu caso.
Nuestro plazo: 3 días hábiles
Cuenta desde: La recepción del expediente y de la ficha técnica de la batería.
No prometemos: Un precio antes de saber qué arquitectura tiene tu almacenamiento.
- Paso 3Depende de tu instalador
La empresa que ejecuta el montaje emite el certificado de instalación que corresponda.
Necesitamos: El certificado del instalador que ha ejecutado el montaje, cuando el caso lo exija. - Paso 4Lo hacemos nosotros
Actualizamos esquema y documentación, y presentamos la modificación.
Nuestro plazo: 5 días hábiles
Cuenta desde: La aceptación del presupuesto con la documentación técnica completa.
No prometemos: Una fecha de resolución de la Administración.
- Paso 5Depende del servicio territorial de Industria
La Administración tramita la modificación del expediente cuando le corresponde.
El tiempo lo pone el organismo. No lo comprometemos.
Qué necesitamos de ti
Casi todo depende de dos cosas: qué consta hoy en tu expediente y qué equipos hay ahora en la instalación. Esto es lo que pedimos en cada caso antes de dar precio.
Has puesto una batería
- Expediente original de la instalación
- Ficha técnica de la batería y de su sistema de gestión
- Datos del inversor, y del nuevo si se cambia
Has cambiado el inversor
- Expediente original de la instalación
- Ficha técnica y certificados del nuevo inversor
- Datos y certificado de la empresa que ejecuta la sustitución
- Datos del inversor original
Has añadido más paneles
- Expediente actual de la instalación
- Número y potencia de los módulos que se añaden
- Marca y modelo del inversor, con su placa de características
Quieres empezar a verter a la red
- Expediente actual de la instalación
- Certificado de instalación, memoria técnica o proyecto, según tu caso
- CAU
- Datos del inversor y del sistema antivertido
- Fecha de alta o de la última modificación del contrato de acceso
Quieres dejar de verter
- Expediente actual de la instalación
- Datos del inversor: marca, modelo y versión de firmware si la conoces
- CAU
El esquema unifilar actualizado y el certificado de tu instalador no son obligatorios para empezar, pero si los tienes ahorran la parte más lenta del trabajo. Y si no encuentras el expediente, dínoslo: se empieza por localizar qué consta registrado.
Lo que no depende de nosotros
Nuestro plazo aparece arriba, en cada caso, y cuenta desde un hecho verificable. Lo que viene después es tiempo de otros y va separado a propósito.
Industria, Generalitat Valenciana
Que la modificación quede registrada en el expediente de tu instalación.
Sin compromiso de fecha por nuestra parte.
Tu empresa distribuidora
Que los datos de la instalación queden actualizados en sus sistemas cuando la modificación les afecte.
Sin compromiso de fecha por nuestra parte.
Nos comprometemos a presentar un expediente completo y a hacerle seguimiento. La fecha de resolución la pone el organismo, no nosotros, y por eso no la prometemos.
Casos especiales, y dónde se detiene el alcance
Estos son los supuestos que sacan el encargo del alcance estándar. Si aparece alguno, paramos, te lo decimos y te pasamos ampliación antes de tocar nada.
- Si la instalación original nunca se legalizó, esto no es una modificación sino una regularización, y se presupuesta aparte.
- Si aparece un proyecto obligatorio, una inspección de organismo de control, permisos de acceso y conexión exigibles o una incidencia urbanística, se detiene el alcance estándar y se emite ampliación.
- Si la instalación original nunca se legalizó, esto es una regularización y se presupuesta aparte.
- Si el cambio de inversor va acompañado de batería, de cambio de modalidad o de variación de potencia, se aplica el alcance superior que corresponda.
- Si el modelo instalado no tiene la documentación técnica exigible, el expediente se detiene hasta conseguirla o hasta decidir qué hacer con el equipo.
- Si la potencia final supera 10 kW, este servicio no aplica y el caso pasa a proyecto y dirección de obra.
- Si el expediente de partida no existe o está incompleto, primero hay que regularizar y luego ampliar.
- Si el cliente todavía está dentro del periodo de permanencia mínima que rige el cambio de modalidad, el encargo no se acepta hasta que pueda hacerse.
- Si aparece una modificación física, un proyecto obligatorio, una OCA, permisos de acceso y conexión exigibles o una incidencia urbanística, se detiene el alcance estándar y se emite ampliación.
- Si el sistema antivertido no tiene la documentación de conformidad que su caso exija, el expediente se detiene hasta conseguirla.
- Si aparece una modificación física adicional, un proyecto obligatorio, una OCA, permisos de acceso y conexión o una incidencia urbanística, se detiene el alcance estándar y se emite ampliación.
El error más caro de esta familia es el orden. Comprobar la documentación técnica de un inversor antes de comprarlo cuesta una tarde; hacerlo después de instalarlo puede obligar a desmontarlo. Lo mismo con la ampliación: la potencia final se calcula antes de aceptar el pedido, no después.
Preguntas frecuentes
¿Hay que legalizar una batería?
Añadir almacenamiento cambia la instalación, y el expediente describe la instalación. Qué modificación corresponde depende de la arquitectura: no es lo mismo una batería acoplada en corriente alterna que una en continua con inversor híbrido nuevo. Eso es lo primero que clasificamos.
¿Esto no lo hace el instalador que me pone la batería?
Muchas veces sí, y muchas veces ya va en su presupuesto. Pregúntaselo antes de contratarnos. Este servicio existe para quien se la puso sin ese acompañamiento o para quien ya no puede contar con él.
¿Y si mi instalación original nunca se legalizó?
Entonces esto no es una modificación. Te lo decimos, paramos y te pasamos presupuesto de la regularización aparte, porque no se puede modificar un expediente que no existe.
Si el inversor nuevo es equivalente, ¿hay que hacer algo?
El expediente describe equipos concretos, así que aunque la potencia sea la misma la documentación tiene que volver a coincidir con lo instalado. La revisión de equivalencia es justo el primer paso del trabajo.
¿Puedo poner cualquier modelo?
Antes de comprarlo conviene comprobar la documentación técnica del modelo. Hacerlo antes cuesta una tarde; hacerlo después de instalarlo puede obligar a desmontarlo. Si nos llamas a tiempo, esa comprobación es parte del servicio.
¿Qué pasa si con la ampliación me paso de 10 kW?
Que deja de ser este servicio. Por encima de 10 kW el procedimiento cambia y hace falta proyecto y dirección de obra. Por eso la potencia final se calcula antes de aceptar el pedido y no después.
Generalitat Valenciana, procedimiento 18168 de instalaciones de autoconsumo hasta 10 kW. Verificado el .
¿Puedo cambiar cuando quiera?
No siempre. El cambio de modalidad tiene reglas temporales ligadas a la fecha de alta o de última modificación de tu contrato de acceso. Es la primera cosa que comprobamos, y si todavía no puedes, te lo decimos antes de aceptarte el encargo.
¿Los 349 € incluyen el equipo antivertido?
No. Ese precio es ingeniería y tramitación. El equipo, su instalación, su medida y su configuración se presupuestan aparte, y en algunos casos cuestan más que el trámite. Preferimos decirlo antes que descubrirlo juntos a mitad del trabajo.
Lo que suele hacer falta antes o después
Poner batería a tus placas
Esta página resuelve el papeleo de la batería que ya está puesta. Si todavía la estás decidiendo, el dimensionado y el equipo se explican en la página comercial.Antes que estoComprobar en qué estado está tu expediente
No se puede modificar un expediente que no existe. Si no sabes qué consta registrado, empieza por ahí y cuesta bastante menos.Suele ir juntoCobrar por la energía que viertes
Cambiar de modalidad te permite verter. Cobrar por lo vertido exige además acogerse a la compensación, que es otro trámite.Si esto no es una modificaciónLegalizar unas placas que nunca se legalizaron
Si la instalación de partida nunca llegó a registrarse, esto no es una modificación sino una regularización, y va aparte.Para decidirBatería o excedentes, comparados
Si dudas entre almacenar o verter, la comparación está hecha con curvas de consumo, no con opiniones.Volver arribaTodos los trámites de tu instalación
Titularidad, requerimientos, trámite municipal y el resto del papeleo, cada uno con su precio.Cuéntanos qué has cambiado y te decimos qué toca
Con el expediente y los datos de tus equipos revisamos cuál de los cinco casos es el tuyo, te decimos si hay hardware por medio y te pasamos precio y alcance por escrito. Todo eso ocurre antes de cobrar nada.
Una empresa de Captia Technology. Ingenieros titulados y colegiados.
Compara con el resto del catálogo
Cada trámite y cada certificado, con su precio con IVA, su modalidad y las tasas de terceros aparte, agrupados por lo que le pasa a la casa y no por cómo los llamamos nosotros.
Ver el precio de todos los trámites y certificados